Culpa · Nantu Arroyo

El término «culpa» tiene su origen en la lengua latina y significa «falta» o «imputación». En el derecho romano existen distintos tipos de culpa: a) culpa por elección (culpa in eligendo), b) culpa por omisión (culpa in omittendo), c) culpa en la prestación de una obligación (culpa in faciendo), d) culpa en la vigilancia (culpa in vigilando). Cada una de estas «faltas» o «imputaciones» exigía una pena proporcional, vinculando esta acepción a una responsabilidad de tipo legal, esto queda recogido mediante las siguientes expresiones latinas: culpa par odium exigit (la falta exige una repulsa proporcional), culpa ubi maior est, ibi gravior debet ese poena (cuanto mayor es la falta, más grave debe ser la pena), culpa ubi non est, nec poena ese debe (donde no hay falta, tampoco debe haber pena). Según la Real Academia de la Lengua la palabra «culpa» se utiliza en distintos sentidos.

1) En un sentido psicológico significa «acción u omisión que provoca un sentimiento de responsabilidad por un daño causado». En este sentido, no sólo una acción, sino también la ausencia de ella, pueden ser culpables en la medida en que implican la asunción de responsabilidad por parte del agente por un daño causado, directa o indirectamente, conllevando una carga psicológica.

2) En un sentido teológico: «pecado o transgresión voluntario de la ley de Dios» respecto de la cual cabe la posibilidad de salir plenariamente absuelto, como en los jubileos. Dentro del ámbito teológico conviene distinguir, tal y como hace la antropóloga Ruth Benedict (1887-1945) en El Crisantemo y la espada entre culturas de la culpa y culturas de la vergüenza. En el primer caso, la existencia generalizada de la culpa implica la existencia de normas rígidas o absolutas de moralidad que, al ser ignoradas o infringidas provocan en el agente un sentimiento de culpabilidad. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre con la vergüenza, la culpabilidad puede ser absuelta, de la misma forma que los pecados pueden ser expiados, por medio del artificio de la confesión. Sin embargo, cuando la vergüenza es el mayor castigo, el alivio no se consigue exponiendo abiertamente la falta. Las culturas de la vergüenza no hacen uso de la técnica de la confesión, sus ceremonias no tienen que ver con la expiación de una culpa o un pecado, sino con la atracción de la buena suerte. De hecho, mientras que su falta no se haga pública, los sujetos vergonzosos no necesitan preocuparse. Vemos así, como el concepto de culpa en su sentido teológico está íntimamente ligado al concepto pecado.

El término «culpa» posee también un 3) sentido moral o ejemplarizante ya que lo opuesto a la «culpabilidad» o al «ser culpable» sería «ser agraciado» o estar en «estado de «gracia», que, según la religión católica significaría «estar libre de pecado» o «estar en paz con Dios». En este sentido las raíces del término también son de orden teológico y se conectan con el concepto de pecado.

Por último, el diccionario de la RAE recoge el término 4) «culpabilidad» tomado en un sentido jurídico que implicaría una responsabilidad de tipo penal, y se diferenciaría, del dolo eventual, que sería considerado como atenuante. Este último sentido de culpa como responsabilidad jurídica podría tener su origen en la ley romana de la Aquilia que data del s. III a.C., y refleja, según los estudios jurídicos (Aedo Barrena, 2015), la relación de causalidad y cómo ésta fue desarrollada a partir de la regla «damnum corpore corpori datum», haciendo de la culpa un mecanismo de determinación de la causalidad para el otorgamiento de acciones directas o acciones in factum en los casos en los que el autor del daño ha tenido el dominio inicial del hecho.

Recogiendo estos cuatro sentidos del término resulta fundamental señalar la conexión íntima que existe entre los conceptos de culpa y deuda. Filosóficamente podemos rastrear su conexión gracias a la Genealogía de la moral (1887) donde Nietzsche recurre a la etimología de la lengua alemana, y a la homonimia entre los términos «culpa» (Schuld) y «deuda» (Schuld), para establecer la procedencia del concepto moral de «culpa» (Schuld) a partir de la acción de «tener deudas» (Schulden). Para Nietzsche, la fuerza moral de conceptos como «culpa», o «deber» procede, en último término, del ámbito del derecho de obligaciones; de esta forma, ser culpable significaría ser deudor de un acreedor. Recientemente, el antropólogo David Graeber en su libro titulado En deuda. Una historia alternativa de la economía (2014) utiliza precisamente a Nietzsche para ilustrar el supuesto compartido por la tradición occidental sobre el que se asentaría la falacia histórica que habría permitido el desarrollo actual de la economía occidental.

La falacia consiste en considerar el intercambio como la actividad humana fundamental, de manera que la sociedad se construiría sobre la necesidad de intercambiar, calcular y negociar. David Graeber se opone a los análisis sociológicos propios de la economía clásica que funcionan únicamente en términos del cálculo de intereses, y opta por señalar el carácter híbrido tanto de la naturaleza humana, como de la sociabilidad, en la línea de los trabajos sobre el don del sociólogo Marcel Mauss (1872-1950). Según el enfoque de la sociología anti utilitarista inspirada en los trabajos de Mauss, el don no se limita a un intercambio, sino que refleja una tensión entre dos pulsiones humanas igual de fundamentales, el interés y el desinterés estarían, ambos, a la base de toda práctica social. Pierre Bourdieu (1930-2002) ilustra con gran claridad esta doble verdad del don en sus Meditaciones Pascalianas (2006: 252):

Por un lado, el don se siente (o se pretende sentirlo) como rechazo del interés, del cálculo egoísta, y exaltación de la generosidad gratuita y sin reciprocidad; por otro lado, nunca excluye del todo la conciencia de la lógica del intercambio ni, por ende, el reconocimiento de los impulsos reprimidos que lo acompañan ni, intermitentemente, la asunción de otra verdad, denegada, del intercambio generoso: su carácter coercitivo y gravoso. De donde surge la cuestión, central, de la doble verdad del obsequio y las condiciones sociales que posibilitan lo que podría describirse (de forma harto inadecuada) como autoengaño, individual y colectivo.

En otra línea más psicológica o psicoanalítica puede establecerse cierta relación de filiación entre Nietzsche (1844-1900) y autores como Sigmund Freud (1856-1939) o Carl Gustav Jung (1875-1961) por su concepción del sentimiento de culpa partiendo de conceptos como represión, canalización, o liberación de las pulsiones. Para Nietzsche el sentimiento de culpa tiene su origen en mecanismos de represión e interiorización de la culpa entendida como deuda, en un sentido moral. En un principio la culpa se transformaba en una deuda que el culpable pagaba de diferentes formas dependiendo de su medio social y cultural (desde la compra de indulgencias, mediante exvotos, por la vía del suplicio físico, la esclavitud o incluso la muerte); sin embargo, con la progresiva aparición del Estado y la necesidad de una vida pacífica, o «racionalizada» los impulsos vitales del hombre dejan de ser exteriorizados y son reprimidos e interiorizados. Esta energía o fuerza vital es vuelta por el hombre contra sí mismo y dando lugar a un sentimiento de culpa inexpiable que, en último término, sólo puede liberarse bajo la forma de un acto de agresión contra sí mismo. Esta explicación es próxima a la de Carl Gustav Jung para quien el sentimiento de culpa es síntoma de la alienación propia. Por su parte, para Sigmund Freud el sentimiento de culpa representa el triunfo de los impulsos instintivos del ello o inconsciente sobre los impulsos controladores del superyó. La fuente del sentimiento de culpa sería, según Freud, el complejo de Edipo, como saldo de la reacción al doble deseo de matar al padre y gozar de la madre, expresión tanto del conflicto por ambivalencia como de la eterna lucha entre Eros y el instinto de destrucción o muerte. El miedo persistente que late en la culpa es, entonces, el miedo a ser castigado.

En el orden de la reflexión teológica, la relación de la culpa con el pecado es fundamental. Según Pablo, en Romanos 6, 23, «La muerte es el salario del pecado». En su acepción religioso-cristiana la culpa y la deuda se relacionan con el concepto de pecado. Culpable es el pecador. El ejemplo arquetípico es el de Adán y Eva y el pecado original. Las representaciones de la naturaleza humana como imagen de la culpa son infinitas; en particular, las representaciones del pecado original en las personas de Adán y Eva son una constante de la transmisión cultural. Podemos pensar en la Expulsión de Adán y Eva del paraíso terrenal de Masaccio (1424-1425), en el Adán y Eva de Tiziano (1555-1565) o en La tentación de Adán y Eva de Rubens (1628-1629), por citar solo algunos ejemplos entre los siglos XV y XVII.

Otras figuras religiosas de la culpa serían el hijo pródigo o la oveja descarriada, figuras que otorgan un valor positivo al arrepentimiento: «en el cielo habrá más alegría por un pecador que se arrepienta que por noventa y nueve justos que no tienen necesidad de arrepentimiento» (Lucas 15,7). De acuerdo con el pensamiento cristiano el reconocimiento y la aceptación de la culpa y el remordimiento son un paso previo y necesario que pueden conducir a la salvación y a un acercamiento con Dios.

Igualmente fundamental resulta el papel de la culpa como origen de los relatos míticos. Según relata el antropólogo escocés James Georges Frazer (1854-1941) en The Fall of man and the history of the perverted message, la culpa, junto con la caída (ver caída), se combinan en todas las mitologías con la pérdida de la inmortalidad como punto de referencia en la búsqueda existencial. Según esta interpretación se vinculan la culpa y la caída con el origen de todo relato mítico. Un ejemplo clásico sería el de los Titanes castigados por Zeus por descuartizar y comerse a Dionisos.

Otro ejemplo clásico sería el de Prometeo cuya historia es narrada por el poeta griego Esquilo (525-455 a.C.) en Prometeo encadenado, pero también por Hesíodo (700 a.C.) en su Teogonía. Entre las representaciones pictóricas, el Prometeo de Rubens (1636-1637) muestra la huida de Prometeo del Olimpo tras robar el fuego a los dioses, girando la vista tras de sí para evitar ser descubierto y con él el robo de la llama que planea entregar a los hombres.

En el ámbito de la literatura es inevitable la referencia a las novelas de Kafka (1883-1924) El proceso y El Castillo que giran en torno a la culpa infinita e inexpiable. Igualmente obligadas resultan las novelas de Dovtoievsky (1821-1881) en las que la temática de la culpa es central, tanto en Crimen y Castigo, como en Los hermanos Karamazov o en El jugador.

En el ámbito del cine, entre las abundantes referencias cinematográficas deberían figurar algunos clásicos como The trial de Orson Wells (1915-1985) o buena parte de la filmografía de Alfred Hitchcock (1899-1980), como The Wrong Man.

Bibliografía

Aedo Barrena, Cristián. (2015). La cuestión causal en la «lex Aquilia» y su solución mediante el mecanismo de la culpa. Revista de estudios histórico-jurídicos, (37), 37-75.
https://dx.doi.org/10.4067/S0716-54552015000100001

Benedict, R., (2016). El crisantemo y la espada: Patrones de la cultura japonesa. Madrid: Alianza Editorial.

Bourdieu, P., (2006). Meditaciones Pascalianas: Cátedra.

Frazer, J. G. (2005). The fall of man and the history of the perverted message. Whitefish: Kessinger.

Freud, S. (2017). El malestar en la cultura. Madrid: Ediciones
Akal.

Graeber, D., (2016). En deuda: Una historia alternativa de la economía. Barcelona: Ariel.

Jung, C. G. (2001). Los complejos y el inconsciente. Madrid: Alianza Editorial.

Mauss, M., (2010). Ensayo sobre el don: Forma y función del intercambio en las sociedades arcaicas. Buenos Aires: Katz Editores.

Nietzsche, F. W., (2011). La genealogía de la moral: Un escrito polémico. Madrid: Alianza editorial.

REAL ACADEMIA ESPAÑOLA: Diccionario de la lengua española, 23.ª ed., [versión 23.3 en línea]. [12/10/2020].

Índice de ilustraciones:

Fig. 1:  Tiziano Vecellio, Adán y Eva en el Paraíso terrenal (Adamo ed Eva nel Paradiso terrestre), (1550), Óleo sobre lienzo, 240 × 186 cm, Museo del Prado, Madrid, España.

Fig. 2:  Masaccio, La expulsión de Adán y Eva del Paraíso terrenal (Cacciata dei progenitori dall’Eden) (1424-1425), fresco, 208 cm × 88 cm, Capilla Brancacci, iglesia de Santa María del Carmine, Florencia, Italia.